Los Convenios Colectivos de trabajo que
rigen la actividad fideera (119-90 y 142-90)
fijan en sus artículos 63 y 51
respectivamente una contribución
empresaria del 3% sobre el total de la masa
salarial (haberes, vacaciones, aguinaldo y
demás remuneraciones percibidas
por el trabajador).
De ese 3% que se abona al Sindicato, el 1% se
destina a la UIFRA, para el sostenimiento de
la actividad gremial empresaria.

Este novedoso
sistema simplificado
de sostenimiento
implementado por
la UIFRA fortalece al
sector en relación a
la defensa de sus
intereses.

FICHA ONLINE

La UIFRA mantiene una base de datos actualizada de las Empresas Fideeras nacionales.
La misma nos permite, entre otras cosas, acercar su empresa a contrapartes
potencialmente interesadas en sus productos.
Puede ayudarnos a mantenerla al día completando el siguiente formulario:

Socios

Los Asociados de la UIFRA podrán ser personas humanas o jurídicas, pudiendo formar parte de la Entidad a través de las siguientes figuras estatutarias:



ACTIVOS

Industriales Fideeros en ejercicio de la actividad que, además de contar con su Aporte Empresario al día, han decidido asociarse y llevar adelante una participación activa dentro de los órganos de la institución. Su ingreso debe ser aprobado por la Comisión Directiva.


ADHERENTES

Se reserva esta figura para los fabricantes de pastas secas que no tienen a su cargo personal bajo los convenios colectivos sectoriales. La Comisión Directiva deberá autorizar previamente su ingreso. Para este caso está previsto un sistema de cuotas.


VITALICIOS

Esta figura está reservada para ex Industriales Fideeros que hayan participado como miembros de la Comisión Directiva de la UIFRA como mínimo en tres períodos; y no desarrollan en la actualidad actividad como fabricantes de fideos. Su ingreso debe ser aprobado por la Comisión Directiva, y no se encuentra sujeto a ningún tipo de contribución.

Derechos de los asociados Activos y Adherentes

a. Participar de las iniciativas y actividades que organice la UIFRA y usar los servicios que ofrece.

b. Asistir a las Asambleas por medio de sus representantes con voz y voto.

c. Formar parte de los órganos de gobierno de la UIFRA.

d. Recibir de manera periódica y sistemática todo el asesoramiento e información del que la UIFRA pueda disponer.

Comisión Directiva

La dirección y el gobierno de la UIFRA es ejercido por la Comisión Directiva, formada por 14 (catorce) miembros honorarios; pudiendo ser reelegidos indefinidamente, excepto el cargo de presidente.

SUSPENSIONES

Los Asociados no pierden ninguno de sus derechos por mora temporal en el pago de su contribución, salvo en aquellos casos dónde corresponda la suspensión, conforme al mecanismo previsto en el Estatuto.